A partir del 1 de julio los contribuyentes deberán de cumplir con sus obligaciones fiscales, de acuerdo con la autoridad de tributación.
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó prórrogas hasta el 30 de junio para las personas físicas que tributan en el Régimen Simplificado de Confianza (Resico) y para los empleadores que emiten el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI o factura) de nómina versión 4.0.
“El Servicio de Administración Tributaria busca dar la mejor atención al contribuyente, por ello se otorgan las siguientes facilidades para el cumplimiento de sus obligaciones fiscales”, reveló el SAT.
En este sentido, las personas físicas que desde el 2022 están pagando impuestos en el Resico deberán de contar con la firma electrónica (e.firma) y Buzón Tributario, con medios de contacto actualizados, a partir del 1 de julio de 2023.
En caso de no contar con la firma electrónica, el Servicio de Administración Tributaria asignará al contribuyente en el régimen fiscal que corresponda con su actividad, ya sea empresarial, de arrendamiento u honorarios, de acuerdo con la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon).
Mientras tanto, si el contribuyente inició actividades económicas durante el 2023, es decir que se inscribió en el nuevo régimen, deberá contar con la e.firma a más tardar en los 30 días naturales siguientes a la fecha de inicio de actividades.
Paralelamente, el SAT informó que los contribuyentes que emiten CFDI de nómina estarán obligados a expedirlos en su versión 4.0 a partir del 1 de julio de 2023.
Cabe recordar que el CFDI 4.0 tiene nuevos requisitos que el contribuyente debe de proporcionar como son el nombre, razón o denominación social y el código postal del domicilio fiscal.
El Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP) informó, en su momento, que las prórrogas para el Comprobante Fiscal Digital por Internet versión 4.0 con complemento de nómina tiene que ver con la dificultad en su implementación.
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