domingo, noviembre 24, 2024
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¡Que no se te pase! Ya puedes pedir la devolución del saldo a favor al SAT

Si al hacer la declaración anual detectaste que pagaste más impuestos de los que debías al SAT, puedes pedir que te sea devuelto.
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Por Redacción

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ya puso a disposición de las personas el cobro de la devolución del saldo a favor de la declaración anual 2021. La fecha límite para realizar este trámite es hasta el último día de julio, así que todavía estás a tiempo y te decimos cómo hacerlo.

Si al hacer la declaración anual detectaste que pagaste más de lo que debías de impuestos al SAT puedes pedir que te sea devuelto, aunque debes de tener en cuenta que el Servicio de Administración Tributaria tiene un sistema automático de devolución para personas físicas.

Documentos para pedir el saldo a favor del SAT
Debes de tener los siguientes documento para poder realizar el trámite y de esta forma conseguir que el SAT te devuelva tu dinero:

Firma electrónica vigente o e-firma portable
Proporcionar la información que vas a anexar a tu solicitud
Facilitar el estado de cuenta de una institución financiera que contenga RFC del contribuyente y número de cuenta bancaria activa (CLABE).
Pasos para pedir el saldo a favor al SAT
Los pasos que necesitas para pedir tu saldo a favor en el portal en línea del SAT son:

Entrar a la página oficial del SAT y selecciona iniciar para comenzar el trámite.
Ingresa con e-firma o RFC y contraseña
Llena los datos solicitados en el formato electrónico.
Ingresa los archivos con los documentos del trámite escaneados
Firma y envía el trámite con apoyo de tu firma electrónica
Guarda o imprime tu acuse de recibo electrónico.
Da seguimiento a tu devolución en “Consulta tu devolución automática”.
Si la tecnología no es lo tuyo y decides realizar el trámite de forma presencial debes de:

Localizar la oficina del SAT que quede más cerca de tu residencia.
Agenda cita y acude con la documentación del trámite a la oficina del SAT el día que te corresponda.
Entrega la documentación a la autoridad fiscal que atenderá tu trámite.
Recibe y conserva la forma oficial sellada como acuse de recibo.
¿Cuándo el SAT no otorga la devolución del saldo a favor?
El SAT no te devolverá en los siguientes casos:

Hayan obtenido durante el ejercicio fiscal anterior, ingresos derivados de bienes o negocios en copropiedad, sociedad conyugal o sucesión.
Soliciten la devolución por ejercicios fiscales distintos al año anterior.
Presenten solicitud de devolución vía Formato Electrónico de Devoluciones (FED), previo a la obtención del resultado de la declaración anual.
Presenten la declaración anual normal o complementaria, del ejercicio fiscal anterior, no habiendo elegido opción de devolución.
Se trate de contribuyentes cuyos datos estén publicados en el Portal del SAT, al momento de presentar su declaración anual de conformidad con lo dispuesto en los párrafos penúltimo, fracción III y último del artículo 69 del CFF, así como a los que se les haya aplicado la presunción establecida en el artículo 69-B del mismo Código, una vez que se haya publicado en el DOF y en el Portal mencionado el listado a que se refiere el cuarto párrafo del citado artículo 69-B.
Soliciten la devolución con base en comprobantes fiscales expedidos por los contribuyentes que se encuentren en la publicación o el listado a que se refieren los artículos 69 o 69-B del CFF.
Al contribuyente se le hubiere cancelado el certificado emitido por el SAT de conformidad con lo establecido en el artículo 17-H, fracción X del CFF, durante el ejercicio fiscal anterior.
Si el saldo a favor de la declaración anual excede de $150,000.00 no podrás aplicar la facilidad de solicitar tu devolución en forma automática; sin embargo, podrás solicitar la devolución del saldo a favor a través del Formato Electrónico de Devoluciones (FED).

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