– A fin de ampliar el criterio de preservación y fomento al cuidado del medio ambiente entre ciudadanos y empresas, el Gobierno de Tamaulipas se consolida como uno de los primeros estados de la República Mexicana en crear una Procuraduría Ambiental y Urbana
Ciudad Victoria, Tamaulipas.- El Gobierno del Estado, por instrucciones del Gobernador Francisco García Cabeza de Vaca se suma a la solicitud de la creación de la Procuraduría Ambiental y Urbana, convirtiéndose en uno de los primeros estados de la República Mexicana en respaldar y fomentar el cuidado del medio ambiente en base al Código para el Desarrollo Sustentable del Estado de Tamaulipas, la Ley de Cambio Climático y la Ley de Desarrollo Urbano.
La creación de esta Procuraduría tiene como objetivo el concientizar a las empresas y a la ciudadanía en general acerca de su obligación de respetar el medio ambiente y reducir impactos de la contaminación, tarea realizada desde el inicio de la administración estatal.
Con base al decreto publicado en el Periódico Oficial, el gabinete estatal tiene un plazo de 90 días para nombrar un titular y administrativo de la Procuraduría Ambiental y Urbana de Tamaulipas; La misma estará a cargo de están vigilar, investigar, supervisar, verificar y, en su caso, imponer las medidas de seguridad y sanciones, que le correspondan en el ámbito de su competencia en caso de incumplimiento de las disposiciones contenidas en el Código para el Desarrollo Sustentable del Estado de Tamaulipas, Ley de Cambio Climático para el Estado de Tamaulipas, Ley de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano para el Estado de Tamaulipas.
Como órgano desconcentrado, la Procuraduría será dotada de autonomía técnica, operativa y de gestión tanto para el manejo de sus recursos humanos, materiales y financieros como para el ejercicio de sus funciones específicas. En tanto no se emita la normatividad indispensable para el funcionamiento de la Procuraduría Ambiental y Urbana de Tamaulipas, se seguirán aplicando las disposiciones legales y administrativas vigentes de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente del Gobierno del Estado, al momento de la entrada en vigor del presente Decreto, en lo que no se opongan a la misma.