domingo, noviembre 24, 2024
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Evita que el SAT te vigile: Checa estos tips al pagar con tus tarjetas de crédito

No solo se trata de estar al pendiente de las fechas importantes y cubrir los pagos. Evita el cobro de impuestos.
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El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ya inició la vigilancia en las compras que las personas hagan con sus tarjetas de crédito para que no se gaste más de lo que debes. Si detecta una discrepancia entre tus gastos e ingresos, el órgano puede hacer el cobro de los impuestos.

Para evitar problemas con el SAT, los contribuyentes deben evitar algunas malas prácticas al usar sus tarjetas de crédito. No solo se trata de estar al pendiente de las fechas importantes y cubrir los pagos.

Las tarjetas son una de varias fuentes de información que tiene el servicio para obtener datos sobre los gastos de los contribuyentes. La autoridad incluso puede solicitar a los bancos la información que considere necesaria para poder fiscalizar a las personas.

Con el objetivo de controlar tus gastos y evitar multas o sanciones por erogar más de los ingresos que se tienen, te dejamos estos consejos para que uses de buena forma tus tarjetas de crédito, según especialistas.

1. Evita sacar dinero en efectivo
Eso puede meter en problemas al contribuyente, porque si el SAT lo revisa supondrá que no se pagaron los impuestos correspondientes a ese dinero. Es decir, aunque sea un ingreso por el que se pagaron impuestos, la autoridad puede suponer lo contrario. Se recomienda pagar por medio de cheques o transferencias, de acuerdo con información del portal Oink.

2. Solo para uso personal, no prestes las tarjetas
Otro problema muy común es que el contribuyente preste o use su tarjeta para pagar algo de otra persona. Por ejemplo, si el contribuyente presta su tarjeta de crédito para que un amigo o familiar pueda pagar algo a meses sin intereses, el SAT podría detectar una discrepancia fiscal.

3. Evita tener más gastos que ingresos
Si el monto de tus gastos es mayor que el de tus ingresos podrías tener conflictos con el SAT. Las personas físicas pueden ser objeto del procedimiento de discrepancia fiscal. Esto sucederá cuando el monto de las erogaciones del contribuyente en un año sea superior a sus ingresos declarados, según el portal especializado El Contribuyente.

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