– Recuerda que solo puedes solicitar la devolución de impuestos si señalaste esa opción cuando presentaste tu declaración anual
Por Redacción
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Si presentaste tu declaración anual ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y obtuviste saldo a favor entonces puedes solicitar la devolución de tus impuestos.
Todas las personas físicas que presenten su declaración anual del ejercicio fiscal anterior al año en curso pueden realizar este trámite de forma automática siempre y cuando cumplan con ciertos requisitos. La fecha límite para solicitarla es el 31 de julio.
¿Cuáles son los requisitos para solicitar la devolución de impuestos?
Para que proceda la devolución en forma automática de la declaración anual debes haber cumplido con lo siguiente:
Haber señalado la opción de devolución en la declaración anual del ejercicio.
Haber presentado tu declaración de forma electrónica con contraseña, e.firma o e.firma portable, según corresponda.
Contar con número de cuenta CLABE a 18 dígitos que se encuentre activo para que, en caso de que proceda el importe autorizado, sea depositado a tu cuenta.
La cuenta CLABE debe ser única por contribuyente.
¡Ojo! Si el saldo a favor que resulta de la declaración anual excede los 150 mil pesos no podrás realizar el trámite de forma automática sino que deberás aplicar a través del Formato Electrónico de Devoluciones (FED).
Así puedes revisar el estatus de tu devolución de impuestos
Lo que debes saber es que el SAT tiene tres estatus para quienes tendrán devolución de saldo a favor:
En proceso de validación.
Pagada.
Rechazada.
Esta es la ruta que debes seguir dentro del portal del SAT para consultar cómo va tu devolución de impuestos:
Dentro del sitio web ve a ‘devoluciones y compensaciones’.
Selecciona ‘seguimiento de trámites y requerimientos’.
Elige ejercicio 2022 y podrás ver si tu solicitud fue aprobada e incluso ya pagada. Eso lo podrás comprobar también en tu estado de cuenta del banco.
¿En qué casos no aplica la devolución de impuestos?
Antes de emocionarte, recuerda que la devolución solo procederá si elegiste esa opción al momento de realizar tu declaración anual… si no lo hiciste así, perdiste tu oportunidad. Tampoco podrás obtenerla en los siguientes casos:
Si en el ejercicio fiscal anterior recibiste ingresos derivados de bienes o negocios en copropiedad, sociedad conyugal o sucesión.
Si solicitaste la devolución por ejercicios fiscales distintos al año anterior.
Si presentaste solicitud de devolución vía Formato Electrónico de Devoluciones (FED), antes de obtener el resultado de la declaración anual.
Cuando aparezcas en la lista “negra” del SAT de contribuyentes que cumplen con los casos señalados en el artículo 69 y 69-B del Código Fiscal Federal.
Si los comprobantes fiscales que presentaste para solicitar la devolución fueron expedidos por contribuyentes que se encuentren dicho listado.
Si te cancelaron el certificado emitido por el SAT.
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