A partir del 23 de abril del año en curso se acabaron en la función publica los encargados de despacho, los responsables de áreas designados solo de palabra, oficialmente ya es delito ejercer cargos sin nombramiento.
La Suprema Corte confirmó que cualquier funcionario que ejerza un cargo que no le dieron, puede ser condenado a prisión aunque no haya desviado un solo peso del dinero público.
El Pleno resolvió el 23 de abril de 2026 que actuar como funcionario sin nombramiento oficial es delito aunque no haya daño al erario.
Esta decisión frena a los jefes sin.nombramiento, sin un documento que avala su función al frente de alguna oficina o departamento
El fallo aplica a cualquier servidor público que ejerza funciones antes de ser designado, después de ser cesado o en un cargo que no le corresponde
Esta normativa frena una práctica común en Mexico,
En México, es muy frecuente la existencia de funcionarios que empiezan a trabajar como jefes, antes de recibir su nombramiento oficial, también hay quienes siguen dando órdenes después de que los removieron, o que asumen responsabilidades de un cargo que nunca les asignaron formalmente.
“No robé nada. No hay daño económico, no hay delito” no les exime recibir una sanción privativa de cárcel.
Este fallo emitido por la Suprema Corte se identifica como Amparo Directo en Revisión 7676/2025 y publicado por la propia SCJN, señalando el delito de ejercicio indebido del servicio público y que basta con asumir funciones sin nombramiento para cometerlo.
Un caso ocurrido en Aguascalientes en el.periodo 2014 y 2015, originó que una persona fue designada para la entrega-recepción de la Dirección Jurídica del Instituto de Educación de Aguascalientes.
Su encargo era solo recibir, resguardar y entregar los recursos del área al titular que fuera nombrado formalmente.
El problema se origina cuando el comisionado se comportó como si fuera el director del área y comenzó a tomar decisiones que no le correspondían.
Solicitó pagos a la Secretaría de Finanzas por servicios de asesoría profesional y firmó un contrato de prestación de servicios, todo ello sin contar con nombramiento oficial ni haber tomado posesión del cargo, lo cual no ocurrió sino hasta enero de 2015.
En pocas palabras: actuó como jefe sin serlo.
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