La cancelación de facturas electrónicas de ejercicios fiscales anteriores al 2022, la expedición de facturas electrónicas sin la necesidad de la e.firma, entre otros.
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Santiago Nolasco
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) dará a los contribuyentes prórrogas hasta el 31 de diciembre para ciertos trámites como: la cancelación de facturas electrónicas de ejercicios fiscales anteriores al 2022; la expedición de facturas electrónicas sin la necesidad de la e.firma; personas físicas que tengan que dar de alta la firma electrónica (e.firma) y para aquellos contribuyentes que no hayan habilitado su Buzón Tributario, registrado o actualizado sus medios de contacto.
La expedición de facturas sin la necesidad de e.firma –o de un Certificado de Sello Digital– y el alta de la firma electrónica, sólo aplicará para los contribuyentes inscritos en el Régimen Simplificado de Confianza (Resico).
“A los contribuyentes del Resico les están diciendo que aunque no cuenten con la e.firma puede seguir emitiendo sus comprobantes, a través de la aplicación de “Factura fácil” o “Mi nómina” porque tenían que contar con su firma electrónica activa en julio”, comentó en entrevista Virginia Ríos, integrante de la Comisión Técnica de Investigación Fiscal del Colegio de Contadores Públicos de México.
La integrante del colegio agregó que la prórroga de la e.firma tiene que ver con la falta de citas en el SAT, dado que para este trámite es necesario acudir presencialmente a los módulos de atención del fisco.
Como el SAT ya vio que en el Resico hay muchos contribuyentes que no tienen su e.firma, tendrían que sancionarlos o sacarlos del nuevo régimen, por ello el plazo al último día del año”, dijo Ríos.
La prórroga para la cancelación de facturas electrónicas de ejercicios fiscales anteriores al 2022, se da porque no es tan fácil cancelar facturas de ejercicios fiscales anteriores. La dificultad se suma a la pandemia porque hubo prestadores de servicios o clientes de empresas que no pagaron a tiempo y por lo tanto se cancelarán las operaciones.
“El Código Fiscal de la Federación se modificó para que sólo se cancelaran las facturas del mismo ejercicio. Dieron algunos plazos para que se cancelaran las facturas de ejercicios pasados, pero ya se habían vencido”, dijo la integrante del Colegio.
No es tiempo suficiente
Luego del anuncio del SAT, el presidente de la Asociación Mexicana de Contadores Públicos, Jesús Rodríguez Ambriz, asegura que no es suficiente el tiempo acordado.
La prórroga es muy buena, pero debería de ir acompañada por un plan de acción del SAT para que todas las personas logren obtener una cita pronta y expedita”, explicó Rodríguez.
Virginia Ríos comentó que la extensión del plazo es una forma en la que el SAT está congraciándose con los contribuyentes por el tiempo que se ha perdido con otros trámites, en particular con la Constancia de Situación Fiscal.
“El SAT quiere que los contribuyentes estén más tranquilos porque han reclamado la falta de empatía del fisco con los diversos trámites. Además de que quita la productividad a las empresas”, dijo la agremiada.
El tiempo extra otorgado para dichos trámites se une a la entrada en vigor de la versión 4.0 del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) y que actualmente está en un periodo de convivencia con la versión 3.3 del CFDI.
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